Es un comprobante de tipo traslado “T” con validez internacional mediante el cual es posible avalar la propiedad del contenido transportado en un vehículo para tal propósito.
La autoridad fiscal adelantó que habrá dos tipos de facturas CFDI con “Carta Porte”:
Los contribuyentes dedicados a prestar servicios de transporte terrestre, marítimo, aéreo, fluvial o de carga, deberán expedir el CFDI de ingresos que ampare la prestación de este tipo de servicio al cual deberán agregar el complemento carta porte.
Es necesario emitir una carta de porte para envío cuando el envío se distribuya en varios vehículos, el porteador a el cargador podrá exigir la emisión de una carta de porte por cada vehículo.